Medios Alternativos de Solución de Controversias

Conflicto y/o Controversia.

Una de las diferencias más acentuadas entre los autores está en las acepciones de los términos controversia y conflicto. Se plantea que siempre que existan diferencias de criterios entre seres humanos estamos frente a un conflicto, pero si se exterioriza y plantea una confrontación ya se está frente a una controversia.

En su obra Teoría General del Proceso, Carlos Pastor Maravi considera que:
Conflicto y litigio.- Donde halla interrelación entre las personas habrá diferencia de opiniones e intereses y ello generará el conflicto. La palabra litigio tiene una connotación jurídica que significa disputar en juicio. Litigio es un conflicto judicializado.

Conflicto sin litigio.- El conflicto no es llevado al terreno judicial.

Litigio sin conflicto.-No existe conflicto alguno, sin embargo, por motivos x una persona demanda a otra.

Conflicto y controversia.- El conflicto es la colisión de intereses y controversia significa que el sujeto pasivo de la relación jurídica procesal, entiéndase demandado, discuta, contradiga la existencia misma del conflicto afirmado por su contraparte.

Conflicto sin controversia.- El sujeto pasivo de la relación jurídica procesal no cuestiona el pedido del demandante, no ejerce su derecho de defensa. Por ejemplo, el allanamiento o la rebeldía.

Si analizamos detenidamente sobre los significados de los términos señalados precedentemente podemos inferir que sería más correcta la expresión: Medios Alternativos de Solución de Controversias porque se trata de procedimientos destinados a solucionar las diferencias entre personas que ya han trascendido de la simple disparidad de criterios y ya entramos en la confrontación directa.

Los Medios Alternativos por excelencia son:

1- Conciliación,
2- Mediación,
3- Arbitraje y
4- Negociación

Para el Proceso Penal tenemos:

1- Conciliación,
2- Criterio de Oportunidad,
3- Mediación,
4- Procedimiento Penal Abreviado y
5- Suspensión Condicional del Procedimiento.
Una vía importante para llegar a la culminación satisfactoria es el Resarcimiento Integral del Daño.

Todos serán tratados de manera particular en las siguientes entregas.

Facebook Comments

Cual es tu opinión?

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *